28-01-2013 Radio Vaticana
(RV).- Mediante decreto, la Penitenciaría Apostólica
anunció que en este Año de la fe, Benedicto XVI concede especiales Indulgencias
con motivo de la Vigésimo Primera Jornada Mundial del Enfermo, de los días 7 al
11 de febrero. En el decreto hecho público el pasado 25 de enero en la
Solemnidad de la Conversión de San Pablo y último día en el octavario de la
Semana de Oración por la Unidad de los Cristianos se destaca que la Redención
se cumplió mediante la santa Cruz de Cristo, es decir mediante su pasión.
“Todos los sufrimientos humanos, en verdad, pueden participar en el sufrimiento
redentor del Señor, como dice el Apóstol san Pablo “cumplo en mi carne lo que
falta de las aflicciones de Cristo por su cuerpo, que es la iglesia” (1 Col,
24).
También se pone de relieve que en el corriente Año de la
fe, dedicado en particular a la profesión de la verdadera fe y a su recta
interpretación, es bueno recordar la luminosa enseñanza del Concilio Vaticano
II sobre el sentido cristiano del sufrimiento y el modo de compartirlo entre
los hermanos.
El Decreto que lleva las firmas del Penitenciario Mayor el
cardenal Manuel Monteiro de Castro y del Regente Mons. Krzysztof Nykiel destaca
que impulsados por el deseo de que la celebración anual de la Jornada Mundial
del Enfermo, este año particularmente solemne, se revele una siempre más eficaz
catequesis sobre el sentido salvífico del sufrimiento, y para que sensibilice
mayormente a todos los que están comprometidos al servicio de quien sufre en el
alma y en el cuerpo; Benedicto XVI eligió como tema de la XXI Jornada Mundial
del Enfermo que se celebrará del 7 al 11 de febrero, la figura emblemática del
Buen Samaritano: «Anda y haz tú lo mismo» (Lc 10,37), que enseña a hacer el
bien a quien sufre y hacer el bien con el propio sufrimiento.
Por otra parte se recuerda que en la conclusión de la
Jornada, en la memoria litúrgica de la Bienaventurada Virgen de Lourdes, Mons.
Zygmunt Zimowski presidente del Pontificio Consejo para la Pastoral de los
Agentes Sanitarios, Enviado especial de Su Santidad, presidirá en el Santuario
Mariano de Altötting, de la Diócesis de Passau, una solemne Celebración
eucarística con la administración del sacramento de la Unción de los enfermos.
Y del Decreto citamos: Con la finalidad de que los fieles
se preparen espiritualmente para participar en el mejor modo en esta
celebración, Su Santidad Benedicto XVI, en la Audiencia concedida el 18 de
enero a los cardenales penitenciarios Mayor y Regente de esta Penitenciaría
Apostólica, ha concedido el don de las Indulgencias a tenor del siguiente
dispositivo, siempre y cuando los fieles, verdaderamente arrepentidos y
estimulados por la caridad, siguiendo el ejemplo del Buen Samaritano, con
espíritu de fe y con ánimo misericordioso, se coloquen al servicio de los
hermanos que sufren y, si a su vez son enfermos, lleven adelante los dolores y
las adversidades de la vida, elevando con humilde confianza el alma a Dios y
ofreciendo abierto testimonio de fe mediante el camino del Evangelio del sufrimiento:
A. La Indulgencia plenaria, que los fieles, con ánimo
verdaderamente arrepentido y contrito, podrán obtener una vez al día con las
condiciones de Confesión sacramental, Comunión eucarística y oración según las
intenciones del Santo Padre, y también aplicar en sufragio a las almas de los
fieles difuntos en cualquier ocasión que, del 7 al 11 de febrero próximo en el
Santuario Mariano de Altötting o en cualquier otro lugar establecido por la
Autoridad eclesiástica; participen devotamente en una ceremonia celebrada para
implorar de Dios los propósitos de la Jornada Mundial del Enfermo y recen el
Padre Nuestro, el Credo y una pía invocación a la Bienaventurada Virgen María.
A los fieles que en los hospitales públicos o en cualquier
casa privada asisten caritativamente, como el Buen Samaritano, los enfermos y,
a causa de su servicio no pueden participar en las celebraciones arriba
indicadas, obtendrán el mismo don de la Indulgencia plenaria, si en esos días
prestarán generosamente pro al menos alguna ora su caritativa asistencia como
si lo hicieran al mismo Cristo Señor (cf. Mt 25, 40) y rezarán el Padre
Nuestro, el Credo y una pía invocación a la Bienaventurada Virgen María,
teniendo el ánimo alejado de todo pecado con el propósito de cumplir, no apenas
les sea posible, con las condiciones requeridas para la obtención de la
Indulgencia plenaria.
En fin, los fieles que por enfermedad, por edad avanzada o
por otra parecida razón, están impedidos de tomar parte en la ceremonia arriba
indicada, obtendrán la Indulgencia plenaria, siempre y cuando, manteniendo el
ánimo alejado de cualquier pecado y proponiéndose de cumplir no apenas posible
con las condiciones conocidas, participen espiritualmente en las sagradas
celebraciones en los días determinados, particularmente mientras las
Celebraciones litúrgicas y el Mensaje del Sumo Pontífice sean transmitidos por
televisión y por radio, oren devotamente por todos los enfermos y ofrezcan a
Dios, mediante la Virgen María, Salus Infirmorum, sus sufrimientos físicos y espirituales.
B. La indulgencia parcial es concedida a todos los fieles
que en cualquier ocasión dirijan a Dios misericordioso, con el corazón
arrepentido, en los días arriba indicados, devotas plegarias en auxilio de los
enfermos en el espíritu del corriente Año de la fe.
El presente Decreto tiene vigor para esta ocasión. No
obstante cualquier disposición contraria.
Traducción: PLJR - Radio Vaticano / @pjuregui
No hay comentarios:
Publicar un comentario