Via Crucis En El Coliseo, Viernes Santo 19 De Abril 2019 © Zenit/María Langarica |
Decreto de la Santa Sede
MARZO 25, 2020 13:38LARISSA I. LÓPEZVATICANO
(zenit – 25 marzo 2020).-
La Congregación para el Culto Divino y de la Disciplina de los Sacramentos
ofrece una actualización de las indicaciones generales y de las sugerencias ya
dadas a los obispos en el anterior decreto del 19 de
marzo de 2020 sobre la celebración de la Semana Santa en
“tiempos del Covid-19”.
Estas indicaciones se producen, dada
“la rápida evolución de la pandemia del Covid-19 y teniendo en cuenta las
observaciones recibidas de las Conferencias Episcopales”, indica el dicasterio
en un comunicado publicado hoy, 25 de marzo de 2020, por la Oficina de Prensa
de la Santa Sede.
A continuación, sigue el Decreto
completo de la La Congregación para el Culto Divino y de la Disciplina de los
Sacramentos.
***
DECRETO
En tiempo de Covid-19 (II)
Considerado la rápida evolución de la
pandemia del Covid-19 y teniendo en cuenta las observaciones recibidas de las
Conferencias Episcopales, esta Congregación ofrece una actualización de las
indicaciones generales y de las sugerencias ya dadas a los Obispos en el
anterior decreto del 19 de marzo de 2020.
Dado que la fecha de la Pascua no
puede ser trasladada, en los países afectados por la enfermedad, donde se han
previsto restricciones sobre las reuniones y la movilidad de las personas, los
Obispos y los presbíteros celebren los ritos de la Semana Santa sin la presencia
del pueblo y en un lugar adecuado, evitando la concelebración y omitiendo el
saludo de paz.
Los fieles sean avisados de la hora
del inicio de las celebraciones, de modo que puedan unirse en oración desde sus
propias casas. Podrán ser de gran ayuda los medios de comunicación telemática
en directo, no grabados. En todo caso, es importante dedicar un tiempo oportuno
a la oración, valorando, sobre todo, la Liturgia Horarum.
Las Conferencias Episcopales y cada
una de las diócesis no dejen de ofrecer subsidios para ayudar en la oración
familiar y personal.
1.- Domingo de Ramos. La
Conmemoración de la Entrada del Señor en Jerusalén se celebre en el interior
del edificio sagrado; en las iglesias catedrales se adopte la segunda forma
prevista del Misal Romano; en las iglesias parroquiales y en los demás lugares,
la tercera.
2.- Misa crismal. Valorando
la situación concreta en los diversos países, las Conferencias Episcopales
podrán dar indicaciones sobre un posible traslado a otra fecha.
3.- Jueves Santo. Se
omita el lavatorio de los pies, que ya es facultativo. Al final de la Misa en
la Cena del Señor, se omita también la procesión y el Santísimo Sacramento se
reserve en el sagrario. En este día, se concede excepcionalmente a los
presbíteros la facultad de celebrar la Misa, sin la presencia del pueblo, en
lugar adecuado.
4.- Viernes Santo. En
la oración universal, los Obispos se encargarán de preparar una especial
intención por los que se encuentran en situación de peligro, los enfermos, los
difuntos (cf. Missale Romanum). La adoración de la Cruz con el beso se limite
solo al celebrante.
5.- Vigilia Pascual. Se
celebre solo en las iglesias catedrales y parroquiales. Para la liturgia
bautismal, se mantenga solo la renovación de las promesas bautismales (cf.
Missale Romanum).
Para los seminarios, las residencias
sacerdotales, los monasterios y las comunidades religiosas se atengan a las
indicaciones del presente Decreto.
Las expresiones de piedad popular y
las procesiones que enriquecen los días de la Semana Santa y del Triduo
Pascual, a juicio del Obispo diocesano podrán ser trasladadas a otros días
convenientes, por ejemplo, el 14 y 15 de septiembre.
De mandato Summi Pontificis pro hoc
tantum anno 2020.
En la Sede de la Congregación para el
Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos, a 25 de marzo de 2020,
solemnidad de la Anunciación del Señor.
Robert Card. Sarah
Prefecto
Arthur Roche
Arzobispo Secretario
MARZO 25, 2020 13:38VATICANO
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