El Papa
facilita al máximo ganar una indulgencia plenaria durante el Año de la Fe.
Con ocasión del quincuagésimo aniversario
de la apertura del Concilio Vaticano II y del
Año
de la Fe convocado
por Benedicto XVI a partir del 11 de octubre, el Papa concederá diversas vías
para ganar la indulgencia plenaria (remisión total de las penas del purgatorio).
A través de un decreto de la
Penitenciaría Apostólica, firmado el 14 de septiembre por el penitenciario
mayor, el cardenal Manuel Monteiro de Castro, y que
la Santa Sede dio a conocer este viernes, se establece que entre el 11 de
octubre de 2012 y el 24 de noviembre de 2013 recibirán la indulgencia plenaria "todos los fieles verdaderamente
arrepentidos y debidamente confesados", que comulguen y recen por las
oraciones del Sumo Pontífice:
- cada vez que participen en al menos tres predicaciones misionales, o al menos tres sobre
los documentos del Concilio Vaticano II o sobre los artículos del Catecismo de
la Iglesia católica, en cualquier iglesia o lugar idóneo;
- cada vez que visiten en forma de peregrinación una
basílica papal, una catacumba cristiana, una iglesia catedral, un lugar sagrado
designado por el ordinario del lugar para el Año de la Fe, y participen en
ellos en una función sagrada o al menos se recojan durante un tiempo suficiente
para una meditación piadosa que concluya con el rezo del Padrenuestro, la
profesión de Fe en cualquiera de sus formas legítimas y las invocaciones a la
Santísima Virgen y, según los casos, a los santos apóstoles o patrones;
- cada vez que, en los días fijados por
el ordinario del lugar para el Año de la Fe, participen en algún lugar sagrado
en una solemne celebración eucarística o en la liturgia de las horas,
añadiendo la profesión de Fe en cualquier forma legítima;
- un día libremente elegido, durante el Año de
la Fe, para la devota visita al baptisterio u otro lugar donde recibieron el
sacramento del Bautismo, si renuevan las promesas bautismales en cualquier
forma legítima.
Del mismo modo, la Penitenciaría
Apostólica faculta a los obispos diocesanos para que, "en el día oportuno"
del Año de la Fe, impartan la bendición papal con indulgencia plenaria para los
fieles que la reciban devotamente.
Los fieles "verdaderamente
arrepentidos" que por "graves
motivos" no puedan verificar estas condiciones podrán conseguir también la indulgencia
plenaria "si, unidos en espíritu y con el pensamiento a los fieles
presentes, particularmente en los momentos en los que las palabras del Sumo
Pontífice o de los obispos diocesanos son transmitidas por televisión o radio,
reciten en su propia casa o donde las retenga el impedimento, el Padrenuestro,
la profesión de Fe y otras oraciones conformes a las finalidades del Año de la
Fe, ofreciendo sus sufrimientos y problemas de la vida".
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