Mons. Reinaldo Nann

viernes, 29 de marzo de 2019

Documento Motu propio sobre la protección de menores del Papa Francisco


Vaticano: “Indicaciones muy específicas” en los tres nuevos documentos del Papa

Sobre la protección de menores
(ZENIT – 29 marzo 2019).- El pasaje de Francisco es claro e inequívoco: “La protección de los menores y de las personas vulnerables es parte integrante del mensaje evangélico que la
Iglesia y todos sus miembros están llamados a difundir en todo el mundo”, asegura Andrea Tornielli, en el marco de la publicación de tres nuevos documentos firmados por el Santo Padre.
Este 29 de marzo de 2019, la Santa Sede ha dado a conocer el motu proprio sobre la protección de los menores y de las personas vulnerables, la nueva ley para el Estado de la Ciudad del Vaticano extendida también a la Curia romana, y las orientaciones pastorales, tres documentos firmados por el Papa Francisco.
El director editorial del Dicasterio para la Comunicación, Andrea Tornielli, señala que se tratan de “leyes, normas e indicaciones muy específicas”, en primer lugar, para los destinatarios: “en realidad se refieren sólo al Estado Vaticano, donde un gran número de sacerdotes y religiosos trabajan, pero hay muy pocos niños”.
“Aunque fueron concebidos y escritos para una realidad única en el mundo, en la que la máxima autoridad religiosa es también soberana y legisladora, estos tres documentos contienen indicaciones ejemplares que tienen en cuenta los parámetros internacionales más avanzados”, señala el periodista italiano.
Próximamente se publicará el vademecum antiabuso para la Iglesia universal, como se anunció a finales de la cumbre de febrero, elaborado por la Congregación para la Doctrina de la Fe, y la creación de mecanismos para ayudar a las diócesis que carecen de personal cualificado para tratar estos casos.
Deber de denunciar los abusos
En el motu proprio, Francisco expresa su deseo, entre los cuales “que todos sean conscientes del deber de denunciar los abusos a las autoridades competentes y de cooperar con ellas en las actividades de prevención y de lucha”, afirmando así un principio significativo.
El “hecho de que el Papa decidiera firmar personalmente” también la Ley CCXCVII y las Directrices –textos que en sí mismos podrían haber sido promulgados respectivamente por la Comisión para el Estado y por el Vicario de la Ciudad del Vaticano– “indica el valor que estas normas pretenden dar”, apunta Tornielli.
Adultos vulnerables
En el primero de los tres documentos, la Carta Apostólica en forma de Motu Proprio del Sumo Pontífice Francisco sobre protección de los menores y de las personas vulnerables figura en el primer artículo la una definición precisa y amplia de la categoría de “adultos vulnerables” tratados como menores: “Es vulnerable toda persona en estado de enfermedad, deficiencia física o mental o privación de la libertad personal que, de hecho, incluso ocasionalmente, limite la capacidad de comprender o de querer o de resistirse a quien le ofende”.
Innovaciones más significativas
Según expone Andrea Tornielli, la primera novedad en estos documentos en relación a la protección de menores y personas vulnerables se refiere al hecho de que, a partir de ahora todos los delitos relacionados con el abuso de menores, no sólo los de carácter sexual, sino también, por ejemplo, el maltrato, serán “perseguibles de oficio”, es decir, incluso en ausencia de un informe de oficio.
La segunda actualización es la introducción de una prescripción de 20 años que comienza “en caso de delito a un menor, a partir de los 18 años”. Vale la pena recordar que aquí no estamos hablando de leyes canónicas, sino de leyes penales del Estado de la Ciudad del Vaticano, donde nunca se ha adoptado el Código Rocco promulgado en Italia durante el período fascista, el Código Penal de Zanardelli sigue siendo de aplicación, que para estos delitos preveía prescripciones que nunca llegaron más allá de cuatro años después de la comisión del delito en sí, ha descrito el director editorial del Vaticano.
Sanción por no denunciar
Otra novedad importante se refiere a la obligación de denunciar y sancionar al funcionario público que no denuncie ante la autoridad judicial vaticana los abusos de los que haya tenido conocimiento, sin perjuicio del sello sacramental, que es el secreto inviolable de la confesión. Esto significa que todos aquellos que, en el Estado y por extensión en la Curia Romana, pero también entre el personal diplomático al servicio de las nunciaturas, desempeñen el papel de funcionarios públicos (más del 90% de las personas que trabajan en el Vaticano o para la Santa Sede) serán sancionados en caso de no denunciar.
Servicio de acompañamiento a las víctimas 
Otra innovación importante es la creación por el Governatorato, dentro de la Dirección de Salud e Higiene del Vaticano, de un servicio de acompañamiento para las víctimas de abusos, que será coordinado por un experto cualificado. Por lo tanto, las víctimas tendrán a alguien a quien recurrir en busca de ayuda, para recibir asistencia médica y psicológica, para que conozcan sus derechos y sepan cómo hacerlos respetar. Novedad también en lo que respecta a la selección y reclutamiento de personal del Governatorato y la Curia Romana: se debe determinar la idoneidad del candidato para interactuar con menores.
Finalmente, las Directrices Pastorales para el Vicariato de la Ciudad del Vaticano. Pueden aparecer como un documento breve en comparación con textos similares de algunas Conferencias Episcopales, pero hay que recordar que sólo hay dos parroquias en el Vaticano y que sólo viven unas pocas docenas de menores, detalla Tornielli.
Orientaciones para sacerdotes, diáconos y educadores
Las Orientaciones se dirigen a los sacerdotes, diáconos y educadores del Preseminario San Pío X, a los cánones, párrocos y coadjutores de las dos parroquias, a los religiosos y religiosas que residen en el Vaticano, así como a “todos aquellos que trabajan en cualquier cargo, individual o asociado, dentro de la comunidad eclesial del Vicariato de la Ciudad del Vaticano”.
Se especifica, por ejemplo, que estas personas deben “ser siempre visibles para los demás cuando estén en presencia de menores”, que está estrictamente prohibido “establecer una relación preferencial con un solo menor, dirigirse a un menor de forma ofensiva o adoptar conductas inapropiadas o sexualmente alusivas, pedir a un menor que guarde un secreto, fotografiar o filmar a un menor de edad sin el consentimiento escrito de sus padres”. Y mucho más.
Vicario de la Ciudad del Vaticano
El Vicario de la Ciudad del Vaticano tiene ahora la obligación de informar al Promotor de Justicia de cualquier noticia de abuso que “no sea manifiestamente infundada”, retirando cautelosamente de las actividades pastorales al presunto autor del abuso. Cualquiera que sea encontrado culpable de abuso será “destituido de su cargo” en el Vaticano. Si es un sacerdote, entonces todas las normas canónicas ya en vigor toman el relevo.
MARZO 29, 2019 14:07PROTECCIÓN DE MENORESVATICANO

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